SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
A QUIEN VA DIRIGIDO
Podrán recibir el Servicio de Ayuda a Domicilio todas aquellas personas y unidades de convivencia que carezcan o tengan mermada la autonomía, temporal o permanentemente, para mantenerse en su medio habitual de vida y que residan en el municipio de Sevilla.
FINALIDAD
Es una prestación realizada preferentemente en el domicilio que proporciona, mediante personal cualificado y supervisado, un conjunto de actuaciones preventivas, formativas, rehabilitadoras y de atención a las personas y unidades de convivencia con dificultades para permanecer o desenvolverse en su medio habitual.
ACTUACIONES
Las actuaciones básicas que comprende son:
1. De carácter doméstico:
Son aquellas actividades y tareas que van dirigidas fundamentalmente al cuidado del domicilio y sus enseres como apoyo a la autonomía personal y de la unidad de convivencia.
2. De carácter personal:
Son aquellas actividades y tareas que fundamentalmente recaen sobre las personas usuarias dirigidas a promover y mantener su autonomía personal, a fomentar hábitos adecuados de conducta y a adquirir habilidades básicas, tanto para el desenvolvimiento personal como de la unidad de convivencia, en el domicilio y en su relación con la comunidad.
CRITERIOS PARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
- Grado y nivel de dependencia reconocido en la resolución emitida por la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de servicios sociales.
- Situación de discapacidad física, psíquica o sensorial.
- Dificultades personales especiales, previa valoración técnica de la situación psicosocial de la persona.
- Situación de la unidad de convivencia, previa valoración de su composición y grado de implicación en la mejora de su situación.
- Situación social previa valoración de la red de apoyo de la persona.
- Características de la vivienda habitual, previa valoración de las condiciones de salubridad y habitabilidad de la misma.
EXCLUSIONES
Quedan expresamente excluidas de la prestación de Ayuda a Domicilio:
1.La atención a otros miembros de la unidad de convivencia que no hayan sido contemplados en la valoración, propuesta técnica y concesión de la prestación.
2.Las actuaciones de carácter sanitario y otras que requieran una cualificación profesional específica.
CÓMO SE ACCEDE
A través de los Servicios Sociales Comunitarios.
Servicios:
Ø Servicios de Prevención de las
situaciones de dependencia y los de Promoción de la autonomía personal.
Ø Servicio de Teleasistencia.
Ø Servicio de Ayuda a Domicilio.
Ø Servicio de Centro de Día y Noche.
Ø Servicio de Atención Residencial.
Prestación económica para
cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
Prestación económica de asistencia personal.
Prestación económica vinculada a la adquisición de un servicio.